Para la mayoría de las personas, resulta fundamental saber cuánto van a cobrar de jubilación, es por ello por lo que hacen los cálculos previamente, para conocer si las cuentas cuadran o no. En ese sentido, ahora te contaremos cómo calcular la pensión de jubilación actualmente.

Para hacer ese cálculo, y saber cuánto vas a cobrar de jubilación, debes tener en cuenta algunos aspectos relevantes como, por ejemplo, las denominadas bases de cotización, así como el tiempo de referencia y la base reguladora.
También es importante tu edad y los años de cotización que tienes acumulados, pasa saber cómo calcular la jubilación.
Pensión de jubilación: ¿cómo hacer el cálculo?
Sigue los pasos que te enseñamos en este artículo, para que así sepas cómo calcular la pensión de jubilación, con esta sencilla guía:
Cotización (bases)
El primer paso para saber cómo calcular la jubilación, es conocer las bases de tu cotización, las cuales puedes solicitar al INSS, ya sea vía electrónica o a través del correo que llega a domicilio. Conocer el cálculo de tus bases de cotización es esencial para saber cuál es la base reguladora.
Conocer el tiempo de referencia
El tiempo o periodo de referencia significa la cantidad de años que se tienen presentes para hacer el cálculo de la base reguladora, la cual se saca partiendo de las bases de cotización.
Actualmente, el tiempo de referencia que se tiene en consideración es de 24 años para atrás, desde el momento del llamado “hecho causante”, el cual representa ya sea el retiro del trabajo, o la fecha en que solicitas la jubilación (esto si transcurren más de 3 meses para hacer dicha gestión).
La actualización de las bases de la cotización en el IPC
Antes de hacer la suma sobre las bases de cotización, tienes que realizar una actualización de las mismas en el IPC. A partir del mes número 25 y aquellos meses anteriores que tengas en la cuenta. Este paso se realiza de forma fácil y sencilla con una la herramienta de “actualización de rentas” que te ofrece el INE.
Hacer la suma de las bases completas
Partiendo del punto de que 24 años representan 288 meses en total, seguidamente tienes que hacer la suma de cada una de las bases de cotización de todos esos meses. Cabe recordar que son los 24 años inmediatos anteriores al hecho causante, como te explicamos en el paso anterior.
El cálculo de la base reguladora
Este punto es bastante sencillo, consiste en el resultado que genere la suma de las 288 bases de cotización, la cual resultará una cantidad muy elevada; posteriormente, tienes que dividirlo entre 336. El resultado representará tu base reguladora.
Calcular Jubilación anticipada voluntaria
Para calcular la pensión anticipada voluntaria, tienes que seguir los cinco pasos explicados anteriormente. Luego, a la base reguladora que calculaste tienes que aplicarle el denominado coeficiente reductor, el cual es el porcentaje que se descuenta por cada uno de los trimestres adelantados por concepto de jubilación.
Recuerda que la edad de jubilación actualizada en el 2021 en España es de 66 años, con un rango menor de 37 años y 3 meses de cotización; y con 65 años pero 37 años y 3 meses o más de cotización.
Los datos del coeficiente reductor puedes verlos en la clasificación que aquí te presentamos a continuación:
El 2 % por cada trimestre (8 % de cada año) con un rango menor de 38 años y 6 meses de cotización.
El 1,875 % por cada trimestre (7,5 % de cada año) con la cotización igual o mayor de 38 años con 6 meses, pero menor a los 41 años con 6 meses.
El 1,750 % por cada trimestre (7 % de cada año) garantizando la cotización igual o mayor de 41 años con 6 meses, pero menor de 44 años con 6 meses.
El 1,625 % por cada trimestre (6,5 % de cada año) certificando un tiempo de cotización igual o mayor de 44 años con 6 meses.
Jubilación anticipada forzosa: conoce qué hacer en este caso
Para saber cómo calcular la jubilación anticipada forzosa, la cual no representa la voluntad del trabajador, se debe tener en cuenta los siguientes coeficientes reductores que te indicamos a continuación:
El 1,875 % por cada trimestre (7,5 % por cada año) con un rango menor de 38 años y con 6 meses de cotización.
El 1,750 % por cada trimestre (7 % por cada año) con la cotización igual o mayor a los 38 años y los 6 meses, pero menor a los 41 años y los 6 meses.
El 1,625 % por cada trimestre (6,5 % por cada año) asegurando la cotización igual o mayor a los 41 años y los 6 meses, pero menor a los 44 años y los 6 meses.
El 1,500 % por cada trimestre (6 % por cada año) garantizando un tiempo de cotización igual o mayor a los 44 años y los 6 meses.